Las Coberturas de Garantía en la Inversión en Crowdlending son muy importantes y ya hay muchas establecidas en las claúsulas de los contratos de Préstamos que dan seguridad al inversor en Crowdlending en el caso hipotético que la devolución del préstamo no se produzca correctamente en tiempo y forma y en este artículo vamos a hablar de todas ellas.
La Clausula de Garantía de Recompra
Esta es una clausula que algunas Plataformas de Crowdlending se autoimponen, tanto a ellas, como al originador de préstamos para darles seguridad a la inversión de los inversores (a veces solo hay un solo originador y se deja participar en el préstamo a los inversores registrados o, en la mayoría de las veces, es la aportación de muchos inversores lo que conformará el capital que se prestará al Promotor solicitante de financiación) y que consiste en que si el Prestamista deja de pagar sus cuotas durante un determinado plazo de tiempo (que puede ser de un mes, dos meses o tres meses, habitualmente) pues a partir de ese momento se activa la Clausula de Garantía de Recompra y la Plataforma de Crowdlending se pone en el lugar del prestamista y le devuelve al inversor el capital aportado e incluso hay algunas Plataformas de Crowdlending que hasta se compremeten a devolver todos los intereres generados hasta el momento en que el prestamista cayo en impago; lo cual ya es el «súmmun» de la máxima garantía posible que se le puede dar a un inversor: capital e intereses asegurados en caso de fallo de la inversión.
Fondo de Garantía en caso de impago
Esta cobertura de riesgo del inversionista en Crowdlending consiste en que la Plataforma de Crowdlending detrae un pequeño porcentaje del dinero en intereses que se mueve en la Plataforma y lo «guarda» en un Fondo de Garantía que servirá para cubrir las operaciones fallidas para que, en caso de impago, el inversor pueda recuperar su capital sin mayor problema.
No obstante, en nuestra modesta opinión, a esta modalidad de cobertura de riesgo le vemos un posible defecto y es que el monto total acumulado en el Fondo de Garantía puede ser que no llegue a ser suficiente en el caso de que den muchos casos de impago ya que dicho fondo acumulado solo representa tan solo un pequeño porcentaje de todo el dinero que se presta en la Plataforma de Crowdlending, por lo que se corre el riesgo de que dicho Fondo de Garantía se quede sin fondos, valga la redundancia, y el inversor se quede sin recuperar el capital de su inversión.
Garantía Colateral
La Garantía Colateral en la inversión en Crowdlending funciona exactamente igual que como funciona un aval o una garantía real la cual se suele presentar para que la operación pueda ser aprobada con mayor facilidad y para que se ejecuta en caso de impago por parte del prestatario del préstamo concedido mediante Crowdlending.
Se suele utilizar mucho en el Crowdlending Inmobiliario, ya que el bien inmueble financiado por un préstamo mediante Crowdlending Inmobiliario suele servir también como garantía real del buen fin de la operación de tal forma que el dinero prestado siempre tiene un aval real detrás que el es propio inmueble financiado y con esto se cubre el posible riesgo de pérdida de la inversión en caso de que el prestatario dejase de pagar el préstamo.
Garantía de Reembolso a través de una Aseguradora
Hay Plataformas como la española CREALSA que ofrece una cobertura del 90% del nominal en caso de impago y que se devuelve al inversor en un plazo máximo de 360 días desde la fecha de impago o como Look&Fin que a través de aseguradoras como Atradius ofrecen a sus inversores una completa garantía de reembolso de cobertura del 100% del capital invertido en Crowdlending mediante de un acuerdo de colaboración al que ha llegado con dicha aseguradora (una de las mayores aseguradoras de crédito del mundo) y que tiene un papel muy activo a la hora de autorizar los prestamos mediante Crowdlending que se publican en la plataforma de Look&Fin pues, antes de ser publicados, éstos son también analizados por la aseguradora para comprobar que el Promotor solicitante de financiación cumple con los requisitos mínimos de solvencia exigidos por la aseguradora para que el inversor pueda beneficiarse de dicha Garantía de Reembolso del 100% del capital.
Mercado Secundario
Por último mencionar como posible cobertura de riesgo. y de solvencia, al Mercado Secundario, de las Plataformas de Crowdlending pues ésta puede ser otra forma con la que el inversor puede cubrir el riesgo de pérdida de su inversión en Crowdlending ya que si éste detecta que puede haber algún problema en el futuro con el cobro de su préstamo en el que él ha invertido (puede ser que tenga información de que una determinada empresa no vaya bien y ésta pueda quebrar en el futuro) dicho inversor siempre puede puede poner su parte de la deuda a la venta en el Mercado Secundario y así otro inversor podrá comprársela y así no perder su capital.
Sé que esto suena muy mal, pero se hace muy a menudo en La Bolsa y no sé porqué no se puede hacer también aquí en la inversión en Crowdlending si se dispone de un Mercado Secundario en donde poder vender su parte de la deuda cuando el inversor quiera.
Si el resto de participantes en dicho Mercado Secundario están también bien informados como nuestro inversor-vendedor, no le comprarán nunca dicha parte de esa deuda, pero como esto nunca suele ser así (debido a la Asimetría de la Información que existe en los Mercados) dicho inversor bien informado siempre podrá vender sin problemas su parte de la deuda y, de esta forma, cubrir el posible riesgo de no recuperar su capital en el futuro en el caso de que, al final, acierte y el prestatario quiebre.
Pero la principal cobertura de riesgo de impago para el inversor es la de diversificar mucho las inversiones y la de mirar muy bien a través de qué Plataforma de Crowdlending va a invertir porque no es lo mismo invertir a través de una Plataforma que está obligada a cumplir los requisitos de la LEY 05/2015 de 27 de abril de Fomento a la Financiación Empresarial que invertir a través de otra Plataforma que su sede social está establecida en el extranjero, pues al no estar en España no tiene porqué cumplir con todas las obligaciones que sí deben cumplir las Plataformas de Crowdlending que sí que están radicadas en territorio español; además, si algún día toca litigar, es mucho más fácil hacerlo si la Plataforma y la empresa financiada radican en España que si radican en el extranjero.
Suscríbase gratuitamente a nuestra página web CROWDLENIDNG.ES porque así usted recibirá por email todas nuestras Newsletters en donde usted encontrará nuestros últimos artículos publicados y todas las novedades y noticias más destacadas sobre el apasionante mundo del Crowdlending.
ESTEBAN LÓPEZ